De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento de la Ley Nº 18.450, si el proyecto consulta la adquisición e instalación de equipos y elementos de riego mecánico, deberán presentar facturas de compra a nombre del beneficiario, en las cuales se detalle con precisión los equipos y elementos adquiridos y cancelados por el vendedor.
En el caso que las facturas no estén detalladas, se deberá acompañar de un Certificado que detalle con precisión los equipos y elementos adquiridos, firmado por el representante legal de la empresa proveedora.